El magistrado del Tribunal Supremo y juez instructor de la causa del procés, Pablo Llarena, ha confirmado la retirada definitiva de la orden nacional de detención que pesaba contra el expresidente catalán Carles Puigdemont, extendiendo la medida a los exconsellers Antoni Comín y Lluís Puig.
La decisión se produce en estricto acatamiento de la doctrina fijada por el Tribunal Constitucional (TC), que ordenó amparar el delito de malversación al descartar un beneficio patrimonial personal. Pese a ejecutar la orden que despeja el regreso del líder secesionista sin riesgo de detención, Llarena arremetió con dureza en su auto contra el tribunal de garantías por la falta de «mesura en los calificativos» empleados en su censura.
Censura a la falta de mesura del Constitucional
En la resolución presentada, el instructor reivindicó que la interpretación inicial del Supremo sobre la exclusión de la amnistía al delito de malversación se mantuvo plenamente dentro de la legalidad. Llarena enfatizó la fractura interna vivida en la propia cúpula judicial, recordando que "casi la mitad del Tribunal Constitucional considere constitucionalmente admisible esa interpretación aconsejaba una mesura en los calificativos que no se advierte en la rotundidad de su censura".
El magistrado sostuvo que, si bien la decisión del órgano de garantías es vinculante, los calificativos y la contundencia de la sentencia "no convierten en indiscutible lo que ha fracturado al tribunal".
Asimismo, Llarena reiteró su posición sobre el desvío de fondos públicos para la consulta ilegal de 2017, argumentando que, aunque comprende la objeción del TC sobre la financiación amnistiada, disiente de que la postura del Supremo fuera descabellada: "Mantengo mi criterio sobre la interpretación de la ley ordinaria que nos correspondía realizar y, además, discrepo de que nuestro criterio se situara fuera de las respuestas que la Constitución permite". En ese sentido, recordó que la propia ley de amnistía añadió explícitamente la condición de que "no hubiera existido el propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial" para poder aplicar la medida.
Siguiente paso: la Sala de Enjuiciamiento
El levantamiento de las órdenes de captura y el correspondiente archivo de las cautelares en los registros informáticos permiten la libre movilidad de los encausados en territorio nacional.
Con la fase de instrucción cerrada, el expediente pasará ahora a la Sala de Enjuiciamiento del Tribunal Supremo, el órgano competente que deberá pronunciarse de manera formal sobre la extinción definitiva de la responsabilidad penal mediante la aplicación total de la amnistía.