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El Supremo de España prohíbe el voto de la "ley de nietos" y frena la maniobra electoral de Sánchez

El Alto Tribunal bloquea la incorporación automática al censo exterior de beneficiarios de la norma impulsada por el Ejecutivo socialista

El Supremo de España prohíbe el voto de la "ley de nietos" y frena la maniobra electoral de Sánchez
Photo by Wesley Tingey / Unsplash

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo asestó este martes un golpe a los planes del Ejecutivo socialista de Pedro Sánchez al suspender cautelarmente los efectos electorales de las nacionalizaciones concedidas bajo la controvertida "ley de nietos". La decisión judicial frena la maniobra del Gobierno de incorporar de forma automática e indiscriminada al censo a cientos de miles de personas residentes en el extranjero mediante presunciones administrativas y sin la debida comprobación legal.

Freno judicial a las maniobras del Ejecutivo

El fallo del Alto Tribunal atiende de manera favorable las medidas cautelares promovidas por la formación Vox y la plataforma Iustitia Europa, que denunciaron el intento del Ejecutivo de alterar el mapa electoral mediante instrucciones irregulares del Ministerio de Justicia. La resolución frena la pretensión socialista de convertir estas concesiones de nacionalidad en un caladero de votos en el exterior, estableciendo que el derecho de sufragio quedará totalmente bloqueado hasta que se dicte una sentencia firme.

"Se continuará la tramitación del correspondiente expediente de inscripción hasta su finalización. Una vez finalizado dicho expediente, se suspenderá la inscripción en el citado Censo hasta el dictado de la sentencia en este procedimiento", precisaron los magistrados de la Sección Cuarta para impedir que el Gobierno utilice el censo en próximos comicios.

Desmantelamiento del atajo normativo de la Moncloa

La intervención de la Justicia frena de golpe la Instrucción emitida en octubre de 2022 por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (entonces dirigida por Sofía Puente, hermana del ministro socialista Óscar Puente), la cual regalaba la condición de exiliado sin exigir documentación real. Con este fallo, el Supremo impone el rigor institucional y prohíbe que se concedan efectos electorales a quienes se acogieron a los mecanismos facilitados por el aparato gubernamental.

Para destapar la dimensión del plan diseñado desde la Moncloa, el Supremo ordenó a la Junta Electoral Central (JEC) un informe pormenorizado en un plazo máximo de 15 días. Dicho balance fiscalizará cuántos de los más de 2,4 millones de solicitantes registrados en consulados extranjeros recibieron la nacionalidad mediante el atajo legal instaurado por el Ejecutivo, frenando así la maniobra para abultar el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).


(Con información de El País y El Mundo)

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